Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 11 ter. Registro de Convenios.
1. La consejería con competencias en materia de Administración pública y régimen jurídico llevará el Registro de Convenios, en el que se inscribirán y depositarán todos los convenios suscritos al amparo del artículo 11 de esta ley en el plazo de un mes a partir de la firma de los mismos. También se inscribirán en el citado registro, en idéntico plazo, la extinción, prórroga o modificación de los convenios.
2. Reglamentariamente, se establecerán el régimen jurídico y funcionamiento de dicho registro.
Se añade por el art. 1.16 de la Ley 4/2025, de 19 de noviembre. Ref. BOE-A-2025-25708