Disposición adicional octava. Exención del pago de precios públicos por expedición del Documento Nacional de Identidad a menores de 14 años.
Estarán exentos del pago de tasas de expedición y renovación de Documento Nacional de Identidad lo menores de 14 años integrados en una unidad de convivencia que solicite la prestación de ingreso mínimo vital.