Ley 14/2006 Finanzas Cantabria

Artículo 65 de la Ley 14/2006 Finanzas Cantabria: Modificaciones presupuestarias

Texto consolidado del BOE.

Artículo 65. Modificaciones presupuestarias.

Por el Consejero competente en materia de Hacienda se podrán establecer sistemas de seguimiento en las modificaciones del Presupuesto de las entidades inte­grantes del sector público empresarial o fundacional.