Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 84 — Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 84.

1. Todos los Concejales participan en las Comisiones Informativas, respetándose en su composición la proporcionalidad política del Pleno.

2. En todo caso se garantizará que cada grupo político tenga un Concejal en cada Comisión Informativa como mínimo.