Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 80 — Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 80.

Los acuerdos de declaración de vacante de Concejal deberán tramitarse como último punto del Orden del Día de la sesión en que se adopten, y el acto de toma de posesión del sustituto figurará como primer punto del orden del día de la sesión siguiente.