Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 160 — Ley 14/1990 RJ AAPP Canarias

Artículo 160.

1. La participación ciudadana en el Pleno se establece como sigue:

a) Derecho a proponer un tema para incluir en el orden del día.

b) Posibilidad de expresar por escrito la opinión de una Entidad sobre una materia incluida en el orden del día, para su lectura por la Concejalía correspondiente.

c) Petición por escrito de intervención oral en algún tema del orden del día.

d) Intervención al terminar la sesión al objeto de expresar opinión sobre los temas tratados en la misma.

2. Los Ayuntamientos establecerán el cauce reglamentario que viabilice el ejercicio de estos derechos.