Ley 13/2010 CyL

Artículo 40 — Ley 13/2010 CyL

Artículo 40. Acceso a los recursos específicos.

Las mujeres mayores de 65 años, las mujeres con discapacidad y las que tienen algún tipo de trastorno mental que sufran violencia de género deberán ser consideradas colectivo preferente a los efectos de tener acceso a las plazas en residencias públicas o centros especializados.