Ley 12/2014 CARM Transparencia

Disposición transitoria segunda — Ley 12/2014 CARM Transparencia

Disposición transitoria segunda. Régimen de proyectos normativos ya iniciados.

A los proyectos de ley o de disposición de carácter general, así como a los planes y proyectos cuya tramitación se hubiera iniciado con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, se les aplicarán las obligaciones de transparencia y los derechos específicos de participación ciudadana establecidos en esta ley, siempre y cuando no supongan la necesidad de retrotraer sus trámites de aprobación.

Se modifica por el art. único.28 de la Ley 7/2016, de 18 de mayo. Ref. BOE-A-2016-6042.