Ley 12/2007 Igualdad de Género Andalucía

Artículo 62 bis — Ley 12/2007 Igualdad de Género Andalucía

Artículo 62 bis. Centros municipales de información a la mujer.

1. Los centros municipales de información a la mujer son las unidades de atención integral e información a las mujeres y en especial a las mujeres víctimas de violencia de género. Asimismo, llevarán a cabo actuaciones de sensibilización en políticas de igualdad y fomento de la participación de las mujeres.

2. En cofinanciación con las corporaciones locales, la Administración de la Junta de Andalucía promoverá la creación y mantenimiento de los centros municipales de información a la mujer. La cofinanciación será del cincuenta por ciento.

3. Se establecerán reglamentariamente sus funciones, composición y funcionamiento.

Se añade por el art. único.53 de la Ley 9/2018, de 8 de octubre. Ref. BOE-A-2018-15239