Ley 11/2006 Hacienda Canaria

Artículo 44 — Ley 11/2006 Hacienda Canaria

Artículo 44. Competencias del titular del departamento de Hacienda.

Corresponde al titular del departamento competente en materia de Hacienda, a propuesta del centro directivo con competencia en materia de presupuesto y previo informe de la Intervención General, establecer los códigos y definiciones de las clasificaciones en las que se estructuran los estados de gastos e ingresos de los presupuestos, así como su vinculación con las cuentas del Plan General de Contabilidad Pública.