Artículo 65. Competencias.
Corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de universidades, coordinar la política universitaria y el sistema universitario andaluz.
Artículo 65. Competencias.
Corresponde a la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la Consejería competente en materia de universidades, coordinar la política universitaria y el sistema universitario andaluz.
Empieza a practicar gratis