Ley 1/2026 LUA

Artículo 64 de la Ley 1/2026 LUA: Planificación estratégica de personal

Texto consolidado del BOE.

Artículo 64. Planificación estratégica de personal.

Las universidades deberán establecer una planificación estratégica plurianual de dotación de plazas del personal técnico, de gestión y de administración y servicios, en la que se deberá garantizar, al menos, el desarrollo de la carrera horizontal del personal, y que tendrá como límite los costes que, con carácter anual, se aprueben en la ley de presupuestos, a los que se deberá ajustar.