Ley 1/2016 Galicia

Artículo 7 — Ley 1/2016 Galicia

Artículo 7. Obligaciones específicas de información institucional, organizativa y de planificación.

Además de la información que debe hacerse pública según la normativa básica en materia de transparencia, los sujetos citados en el artículo 3.1 también publicarán:

a) La relación de órganos colegiados adscritos, su composición y las normas por las que se rigen.

b) Las competencias de los distintos órganos y entidades, así como los traspasos de funciones y servicios asumidos.

c) Las delegaciones de competencias vigentes.

d) La localización de las unidades administrativas, medios de contacto y horario de atención al público.

e) Los códigos éticos o de buen gobierno aprobados, así como los estándares de buenas prácticas y responsabilidad social que aplica.

f) El contenido del Registro de Entidades del Sector Público de la Comunidad Autónoma de Galicia.

g) Los planes de actuación y contratos de gestión de las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Galicia.

h) El plan estratégico o de gobierno.

i) Las agendas de la actividad institucional pública de los miembros de la Xunta de Galicia y de las personas que ocupen altos cargos, que se mantendrán públicas, como mínimo, durante un año.