Ley 1/2010 Igualdad Canaria

Artículo 62 de la Ley 1/2010 Igualdad Canaria: Participación social

Texto consolidado del BOE.

Artículo 62. Participación social.

1. Las administraciones públicas de Canarias impulsarán medidas para el fomento de la participación social de las mujeres.

2. Asimismo, cooperarán con la iniciativa social y las asociaciones para la promoción de la igualdad de género.