Ley 1/2003 CyL

Artículo 26 de la Ley 1/2003 CyL: Consejos de la Mujer de las Entidades Locales

Texto consolidado del BOE.

Artículo 26. Consejos de la Mujer de las Entidades Locales.

Las Entidades Locales podrán establecer Consejos de la Mujer en su ámbito de actuación competencial, como órganos de participación y consulta relativos a la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.