Ley 1/2002 Gobierno Ext

Disposición adicional tercera de la Ley 1/2002 Gobierno Ext: Disposición adicional tercera

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Disposición adicional tercera.

Dentro del año siguiente a la entrada en vigor de esta Ley, los Organismos públicos actualmente existentes deberán proceder a aprobar o, en su caso, a adecuar sus Estatutos a lo establecido en la presente Ley en lo que no se oponga a su Ley de creación.

Las empresas públicas de la Comunidad Autónoma de Extremadura se rigen por su Ley de creación.