Artículo 803 ter h. Exclusividad del Ministerio Fiscal en el ejercicio de la acción.
La acción de decomiso en el procedimiento de decomiso autónomo será ejercitada exclusivamente por el Ministerio Fiscal.
Se añade por el art. único.10 de la Ley 41/2015, de 5 de octubre. Ref. BOE-A-2015-10726.