IV Convenio AGE

Artículo 61 de IV Convenio AGE: Cálculo de las deducciones

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 61. Cálculo de las deducciones.

Para practicar las deducciones de haberes previstas en el artículo 71 del Convenio, así como en los casos de reingresos o excedencias y, en general, en los supuestos de derechos económicos que deban liquidarse por días o con reducción o deducción proporcional de retribuciones, se aplicarán las mismas reglas de cálculo previstas en la normativa vigente para el personal funcionario.