IV Convenio AGE

Artículo 107 de IV Convenio AGE: Sanciones por faltas graves

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Artículo 107. Sanciones por faltas graves.

Las sanciones que podrán imponerse por la comisión de faltas graves son las siguientes:

a) Suspensión de empleo y sueldo por un período de tres días a tres meses.

b) Demérito, consistente en la inhabilitación para la participación en procesos de promoción interna, de concurso abierto y permanente, carrera horizontal o en otros procedimientos de provisión de puestos de trabajo por un período de hasta un año a contar desde la firmeza administrativa de la sanción.