Artículo 261. Plan de cuentas y organización contable.
Dentro del ámbito de gestión interna, la persona titular de la Gerencia informará al Consejo de Gobierno, para su aprobación, el plan de cuentas y la organización contable de la Universidad. Todas las unidades de gastos llevarán su propia contabilidad simplificada, conforme a los principios y criterios que se establezcan con carácter general en la Universidad respecto a su gestión interna.