Estatut Illes Balears

Artículo 18 de Estatut Illes Balears

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil, Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo. Practicar con tests.

Artículo 18. Derechos en el ámbito cultural y en relación con la identidad del pueblo de las Illes Balears y con la creatividad.

1. Todas las personas tienen derecho a acceder en condiciones de igualdad a la cultura, a la protección y la defensa de la creatividad artística, científica y técnica, tanto individual como colectiva.

Los poderes públicos procurarán la protección y defensa de la creatividad en la forma que determinen las leyes.

2. Todas las personas tienen derecho a que los poderes públicos promuevan su integración cultural.

3. Los poderes públicos de las Illes Balears velarán por la protección y la defensa de la identidad y los valores e intereses del pueblo de las Illes Balears y el respeto a la diversidad cultural de la Comunidad Autónoma y a su patrimonio histórico.