Artículo 9. Educación para la autoprotección.
La Comunidad de Madrid promoverá actividades de sensibilización entre los ciudadanos acerca de sus responsabilidades públicas en materia de prevención, extinción de incendios, salvamentos y autoprotección.
Igualmente en los centros de enseñanza se promoverán entre los integrantes de los mismos actividades formativas para conseguir los fines expuestos en este artículo.