DL 1/2004 TR Tasas Región de Murcia

Artículo 63 — DL 1/2004 TR Tasas Región de Murcia

Artículo 63. Sujetos pasivos.

Serán sujetos pasivos de la tasa de acreditación catastral las personas naturales y jurídicas, y las comunidades y entidades sin personalidad a las que se refiere el artículo 9.3, que soliciten el correspondiente documento o certificación catastral.