DL 1/2004 TR Tasas Región de Murcia

Artículo 57 — DL 1/2004 TR Tasas Región de Murcia

Artículo 57. Sujetos pasivos.

Serán sujetos pasivos de la tasa por inscripción catastral las personas naturales y jurídicas y las comunidades y entidades sin personalidad a las que se refiere el artículo 9.3 que efectúen la declaración.

Artículo 57. Sujetos pasivos.

(Derogado)

Se deroga por la disposición derogatoria.a) de la Ley 4/2004, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2004-21831