DL 1/1999 Ley Hacienda Región de Murcia

Artículo 11 de DL 1/1999 Ley Hacienda Región de Murcia: Competencias de los titulares de los organismos autónomos

Texto consolidado del BOE.

Artículo 11. Competencias de los titulares de los organismos autónomos.

Son funciones propias de los titulares de los organismos autónomos regionales:

a) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del organismo.

b) La administración, gestión y recaudación de los derechos económicos de los organismos autónomos de los que son titulares.

c) Autorizar, disponer o comprometer los gastos, que no sean de la competencia del Consejo de Gobierno, y ordenar los pagos según el presupuesto aprobado del organismo.

d) Las demás que le atribuyan las leyes.