DL 1/1997 Hacienda General Euskadi

Artículo único de DL 1/1997 Hacienda General Euskadi: Artículo único

Texto consolidado del BOE.

Artículo único.

De conformidad con lo establecido en la disposición final cuarta de la Ley 7/1997, de 19 de junio, por la que se regula el régimen de subvenciones y ayudas y se modifica la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, que se inserta a continuación.