Directiva Violencia Mujer 2024/1385

(65) El acoso sexual en el trabajo se considera una forma de discriminación por razón de sexo en las Directivas 2004/113 de Directiva Violencia Mujer 2024/1385

Texto consolidado del BOE.

(65)

El acoso sexual en el trabajo se considera una forma de discriminación por razón de sexo en las Directivas 2004/113/CE, 2006/54/CE y 2010/41/UE y tiene consecuencias negativas importantes tanto para las víctimas como para los empleadores. Cuando el acoso sexual en el trabajo esté específicamente tipificado como delito en el Derecho nacional, deben prestarse servicios de asesoramiento internos o externos tanto a las víctimas como a los empleadores. Estos servicios deben incluir información sobre la manera de abordar adecuadamente los casos de acoso sexual en el trabajo y sobre las soluciones de que se dispone para apartar al autor del lugar de trabajo.