Texto consolidado del BOE.
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Los servicios de apoyo especializado deben prestar apoyo a las víctimas de todas las formas de violencia contra las mujeres y de violencia doméstica, incluidas la violencia sexual, la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado, el aborto y la esterilización forzados, el acoso sexual y las diversas formas de ciberviolencia. Deben ofrecerse a las víctimas servicios de apoyo especializado con independencia de si estas han formalizado una denuncia. |