Directiva Violencia Mujer 2024/1385

(5) En vista de las particularidades relacionadas con los delitos de violencia contra las mujeres y violencia doméstica, de Directiva Violencia Mujer 2024/1385

Texto consolidado del BOE.

(5)

En vista de las particularidades relacionadas con los delitos de violencia contra las mujeres y violencia doméstica, es necesario establecer un conjunto integral de normas que aborde de manera concreta el problema persistente de la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica y responda a las necesidades especiales de las víctimas de dicha violencia. Las disposiciones vigentes a nivel de la Unión y nacional han demostrado ser insuficientes para combatir y prevenir eficazmente la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica. En concreto, aunque las Directivas 2011/36/UE (3) y 2011/93/UE (4) del Parlamento Europeo y del Consejo, que se centran en formas específicas de ese tipo de violencia, y la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo (5), que establece el marco general aplicable a las víctimas de delitos, ofrecen algunas salvaguardias para las víctimas, entendidas, a efectos de la presente Directiva, como víctimas de violencia contra las mujeres y de violencia doméstica, no responden a sus necesidades especiales.