Directiva Violencia Mujer 2024/1385

(44) Sin que constituya un sustituto de la detención y la privación de libertad de sospechosos y delincuentes, las cuale de Directiva Violencia Mujer 2024/1385

Texto consolidado del BOE.

(44)

Sin que constituya un sustituto de la detención y la privación de libertad de sospechosos y delincuentes, las cuales siguen estando sujetas al Derecho nacional, los Estados miembros deben asegurarse de que puedan dictarse órdenes urgentes de alejamiento, de prohibición o de protección en situaciones de peligro inmediato, como aquellas en que el daño sea inminente o ya se haya materializado y exista la probabilidad de que vuelva a infligirse, y que, en tales situaciones pertinentes y cuando, con arreglo al Derecho nacional, esas órdenes sean objeto de una solicitud de la víctima, se informe a las víctimas de la posibilidad de solicitar tales órdenes.