Artículo 46. Racionalización de los procedimientos.
1. Los Departamentos y los organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma serán responsables de racionalizar y simplificar sus procedimientos y actividades de gestión, bien a iniciativa propia, bien a propuesta del Departamento competente en materia de organización administrativa.
2. Asimismo, cada Departamento elaborará anualmente una guía actualizada sobre su organización y competencias y sobre las de sus organismos públicos.
3. Los Departamentos elaborarán, en colaboración con el Departamento competente en materia de organización administrativa, manuales de procedimiento por áreas materiales de actividad.