Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 74 de Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas: Derechos de los propietarios del suelo no urbanizable

Texto consolidado del BOE.

Artículo 74. Derechos de los propietarios del suelo no urbanizable

Los propietarios de suelo clasificado como no urbanizable tendrán derecho a usar, disfrutar y disponer de sus terrenos conforme a la naturaleza de los mismos, siempre que no suponga la transformación de su estado o características esenciales.