Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 73 — Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 73. Régimen especial de edificación en suelo urbano especial

Los terrenos incluidos en esta categoría podrán edificarse cuando el planeamiento general o de desarrollo defina los parámetros y condiciones de edificación y siempre que dé frente a camino público preexistente. En otro caso, sólo podrán autorizarse los usos y obras provisionales contemplados en esta Ley.