Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 61 — Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 61. Clases de suelo

1. El Plan General Municipal de Ordenación clasificará el territorio municipal en suelo urbano, no urbanizable y urbanizable.

2. Los terrenos destinados a sistemas generales, podrán o no ser objeto de clasificación, sin perjuicio de que se adscriban a las d iferentes clases de suelo a efectos de su valoración y obtención.