Decreto 7/2013 CyL

Artículo 18 — Decreto 7/2013 CyL

Artículo 18. Pormenorización de funciones en las normas autonómicas.

Las normas de la Comunidad de Castilla y León que atribuyan, transfieran o deleguen nuevas competencias a las entidades locales, establecerán con precisión la materia, la competencia y la función que deban prestar aquéllas, los medios económicos que sean adecuados y suficientes y, en su caso, los correspondientes medios personales y materiales.

De igual forma, las normas que desarrollen reglamentariamente las leyes sectoriales autonómicas de atribución competencial a las entidades locales deberán establecer con precisión las funciones que deben prestar éstas.