Decreto 36/2009 Subvenciones Canarias

Artículo 18 ter — Decreto 36/2009 Subvenciones Canarias

Artículo 18 ter. Justificación.

Mediante orden del consejero competente en materia tributaria se podrán establecer obligaciones de justificación e información que acrediten el derecho de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a disfrutar de las deducciones de la cuota que se contemplan en el presente capítulo y que hayan aplicado efectivamente.

Se añade por el art. 45.13 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2012-9282.

Esta adición efectos desde el 1 de enero de 2012, según establece la disposición final 9.2.