Decreto 36/2009 Subvenciones Canarias

Artículo 18 bis — Decreto 36/2009 Subvenciones Canarias

Artículo 18 bis. Escala autonómica.

La escala autonómica aplicable a la base liquidable general, a la que se refiere el artículo 74.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en redacción dada por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, será la siguiente:

Tramos

Base liquidable

Desde euros

Cuota íntegra

En euros

Resto base liquidable

Hasta euros

Tipo aplicable

%

1 0 0 13.748,00 9,00
2 13.748,00 1.237,32 5.674,00 11,50
3 19.422,00 1.889,83 16.502,00 14,00
4 35.924,00 4.200,11 21.642,00 18,50
5 57.566,00 8.203,88 35.702,00 23,50
6 93.268,00 16.593,85 30.477,00 25,00
7 123.745,00 24.213,1 en adelante 26,00

Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2025, por la disposición final 11.17 de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-7560

Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2024, por la disposición final 10.23 de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-4913

Se modifica por la disposición final 7.6 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1566

Se modifica por la disposición final 8.2 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-860

Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 11/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1113.

Se modifica por el art. 45.12 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2012-9282.

Esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2012, según establece la disposición final 9.2.

Se añade por el art. 3.4 de la Ley 11/2011, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1256#a3.