Artículo 18 bis. Escala autonómica.
La escala autonómica aplicable a la base liquidable general, a la que se refiere el artículo 74.1 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de modificación parcial de las leyes de los Impuestos sobre Sociedades, sobre la Renta de no Residentes y sobre el Patrimonio, en redacción dada por la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011, será la siguiente:
| Tramos |
Base liquidable – Desde euros |
Cuota íntegra – En euros |
Resto base liquidable – Hasta euros |
Tipo aplicable – % |
|---|---|---|---|---|
| 1 | 0 | 0 | 13.748,00 | 9,00 |
| 2 | 13.748,00 | 1.237,32 | 5.674,00 | 11,50 |
| 3 | 19.422,00 | 1.889,83 | 16.502,00 | 14,00 |
| 4 | 35.924,00 | 4.200,11 | 21.642,00 | 18,50 |
| 5 | 57.566,00 | 8.203,88 | 35.702,00 | 23,50 |
| 6 | 93.268,00 | 16.593,85 | 30.477,00 | 25,00 |
| 7 | 123.745,00 | 24.213,1 | en adelante | 26,00 |
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2025, por la disposición final 11.17 de la Ley 9/2025, de 23 de diciembre. Ref. BOE-A-2026-7560
Se modifica, con efectos desde el 1 de enero de 2024, por la disposición final 10.23 de la Ley 5/2024, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2025-4913
Se modifica por la disposición final 7.6 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1566
Se modifica por la disposición final 8.2 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-860
Se modifica por la disposición final 2.1 de la Ley 11/2014, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2015-1113.
Se modifica por el art. 45.12 de la Ley 4/2012, de 25 de junio. Ref. BOE-A-2012-9282.
Esta modificación tiene efectos desde el 1 de enero de 2012, según establece la disposición final 9.2.
Se añade por el art. 3.4 de la Ley 11/2011, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2012-1256#a3.