Convenio EUROPOL Art K.3

Artículo 37 de Convenio EUROPOL Art K.3

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Policía Nacional. Practicar con tests.

Artículo 37

Acuerdo de sede

Las disposiciones necesarias sobre la instalación de Europol en el Estado de la sede y sobre los servicios que dicho Estado deberá prestar, así como las normas especiales aplicables en el Estado de la sede de Europol a los miembros de sus órganos, a sus directores adjuntos, a sus agentes y a los miembros de sus familias, se establecerán en un acuerdo de sede entre Europol y el Reino de los Países Bajos, que se celebrará tras aprobación por unanimidad del consejo de administración.

TÍTULO VI RESPONSABILIDAD Y PROTECCIÓN JURÍDICA