Código Civil

Art 1493 — Código Civil

Artículo 1493.

El saneamiento por los vicios ocultos de los animales y ganados no tendrá lugar en las ventas hechas en feria o en pública subasta, ni en la de caballerías enajenadas como de desecho, salvo el caso previsto en el artículo siguiente.

Artículo 1493.

El saneamiento por los vicios ocultos de los animales destinados a una finalidad productiva no tendrá lugar en las ventas hechas en feria o en pública subasta, o cuando sean destinados a sacrificio o matanza de acuerdo con la legislación aplicable, salvo el caso previsto en el artículo siguiente.

Se modifica por el art. 1.30 de la Ley 17/2021, de 15 de diciembre de 2021. Ref. BOE-A-2021-20727#ap