TRRL

Art 36 — TRRL

Art. 36.

Los Estatutos de las Mancomunidades municipales habrán de expresar al menos:

1.º Los Municipios que comprenden.

2.° El lugar en que radiquen sus órganos de gobierno y administración.

3.° El número y forma de designación de los representantes de los Ayuntamientos que han de integrar los órganos de gobierno de la Mancomunidad.

4.° Los fines de ésta.

5.° Los recursos económicos.

6.° El plazo de vigencia.

7.º El procedimiento para modificar los Estatutos, y

8.º Las causas de disolución.