Art. 13.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 4/1996, de 10 de enero. Ref. BOE-A-1996-753
Se modifica por la disposición adicional 25.1 de la Ley 4/1990, de 29 de junio. Ref. BOE-A-1990-15347
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 165, de 11 de julio de 1986. Ref. BOE-A-1986-18436