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Artículo 61 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre,: Carácter de los actos y convenios regulados en la legislación urbanística

Texto consolidado del BOE.

Artículo 61. Carácter de los actos y convenios regulados en la legislación urbanística.

Tendrán carácter jurídico administrativo todas las cuestiones que se suscitaren con ocasión o como consecuencia de los actos y convenios regulados en la legislación urbanística aplicable entre los órganos competentes de las Administraciones Públicas y los propietarios, individuales o asociados, o promotores de actuaciones de transformación urbanística, incluso las relativas a cesiones de terrenos para urbanizar o edificar.