RRC 1958

Subsección primera — RRC 1958

Subsección primera. Reglas especiales de los expedientes de nacionalidad

Téngase en cuenta que prevalecerá el Real Decreto 1004/2015, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia sobre lo dispuesto en los artículos 220 a 224 del presente Reglamento de la Ley del Registro Civil, que mantendrán sin embargo su vigencia en la medida en que resulten aplicables a otros procedimientos, según establece la disposición final 2 del citado Real Decreto. Ref. BOE-A-2015-12047#dfsegunda.