Art. 280.
En la inscripción de defunción constarán especialmente:
1.º Las menciones de identidad del fallecido.
2.º Hora, fecha y lugar del fallecimiento.
3.º Número que se asigna en el legajo al parte o comprobación.
Redactado el párrafo primero conforme a la corrección de erratas publicada en BOE núm. 18, de 21 de enero de 1959. Ref. BOE-A-1959-1071.