Texto consolidado del BOE. Se estudia en Policía Nacional, Guardia Civil. Practicar con tests.
Artículo 60. Organización de actividades.
Los internos, a través de sus representantes, podrán de acuerdo con las normas de régimen interior, organizar por sí mismos las actividades mencionadas o colaborar en su organización con los funcionarios encargados del área correspondiente.