Texto consolidado del BOE.
Artículo 602.
Por valor de las fincas que estén gravadas con hipotecas se entenderá el precio por el que se transmitan más el que representen las hipotecas cuando queden subsistentes.
Texto consolidado del BOE.
Artículo 602.
Por valor de las fincas que estén gravadas con hipotecas se entenderá el precio por el que se transmitan más el que representen las hipotecas cuando queden subsistentes.
Empieza a practicar gratis