RGGIT

Artículo 50 — RGGIT

Artículo 50. Obligación de informar sobre la constitución, establecimiento, modificación o extinción de entidades.

Los titulares de los registros públicos deberán presentar mensualmente a la Administración tributaria una declaración informativa en la que incluirán las entidades cuya constitución, establecimiento, modificación o extinción hayan inscrito durante el mes anterior.