Texto consolidado del BOE.
Disposición final segunda. Obligaciones sobre sistemas de retención infantiles.
Las obligaciones impuestas en el artículo 117.2, párrafo tercero, serán exigibles a los seis meses desde su entrada en vigor.
Texto consolidado del BOE.
Disposición final segunda. Obligaciones sobre sistemas de retención infantiles.
Las obligaciones impuestas en el artículo 117.2, párrafo tercero, serán exigibles a los seis meses desde su entrada en vigor.
Empieza a practicar gratis