REx

Artículo 25 de la Real Decreto 557/2011, de 20 de abril,: Definición

Texto consolidado del BOE.

Artículo 25. Definición.

Se encuentran en tránsito aeroportuario aquellos extranjeros habilitados para permanecer en la zona de tránsito internacional de un aeropuerto español, sin acceder al territorio nacional, durante las escalas o enlaces de vuelos.