Artículo 75. Garantías de uso.
Para garantizar el adecuado uso de la máquina de franquear el operador al que se ha encomendado la prestación del servicio postal universal podrá:
a) Exigir la fianza adecuada para garantizar los daños que se puedan producir por el indebido uso de la máquina.
b) Acceder a la ubicación física donde esté situada la misma a efectos de comprobar su correcto uso.
c) Establecer los mecanismos de control adecuados para garantizar el buen uso en la máquina.
Redactado el párrafo c) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 36, de 11 de febrero de 2000. Ref. BOE-A-2000-2763